La cuestión entera, tal como la plantea el lector:
En el Común de los Doctores de la Iglesia, se menciona «Todo como en el Común de pastores, menos lo siguiente» y detalla los elementos específicos para los Doctores. Dado que normalmente los doctores han sido presbíteros u obispos no hay problema; pero que sucede si estamos en el día de una Vírgen y Doctora (por ejemplo Santa Teresa de Jesús)y decidiéramos hacer el rezo como Doctora? debo tomar los elementos que no son específicos del Común de Doctores, del Común de pastores igualmente, aunque ella no haya sido presbítero? o Puedo tomarlos del común de las Vírgenes?
Evidentemente en la impresión de los libros litúrgicos se ha pasado por alto ese detalle, acostumbrados tradicionalmente a que los doctores eran siempre y a la vez pastores.
Como regla general, cuando la norma no puede aplicarse, como en este caso (porque el resultado sería ridículo), hay que intentar seguir aquello que sea más de "sentido común": la solución lógica es en un caso así es alternar entre común de doctores y común de vírgenes.