Lo que dice el nº 92 de la Ordenación General de la Liturgia de las Horas es:
Después se dice una de las antífonas a la Santísima Virgen María. En tiempo pascual será siempre Reina del cielo, alégrate. Además de las antífonas que se contienen en el libro Liturgia de las Horas, pueden ser aprobadas otras por la Conferencia Episcopal.
Entiendo que -poniendo aparte el tiempo pascual, en el que se pide explícitamente el canto del Regina Coeli- si un canto mariano está admitido para la misa, se puede tomar como admitido para las Completas.
Es mi opinión, el texto no lo aclara.
En realidad yo creo que sí lo aclara, pues dice literalmente que "además de las antífonas que se contienen en el libro de la Liturgia de las horas pueden ser aprobadas otras por la Conferencia Episcopal". Es decir, que esa frase agota implícitamente las posibilidades que pueden darse, siendo solo dos: las que contiene el libro y las que apruebe la Conferencia. No cabe, por tanto, una tercera opción.
Podríamos simplificar la frase así: "Además de las del libro, las aprobadas por la C. E.". Esto cierra la puerta al resto de posibles antífonas.
Gracias.